viernes, 20 de enero de 2012

“LEY GENERAL DE LA EDUCACIÓN, LEY ESTATAL DE LA EDUCACIÓN Y LEY MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE NAYARIT”


DISTRIBUCIÓN DE LA FUNCIÓN SOCIAL EDUCATIVA
Hace obligatoria la educación, planes y programas de estudio (respaldada por el artículo 12). Se determina las atribuciones que tiene la Federación
-Elaborar y mantener los libros de texto en toda la republica
-Autorizar el uso de libros
-Capacitación, formación, actualización y superación de los maestros de educación básica
.Realizar en forma periódica y sistemática exámenes de evaluación
-Fijar requisitos pedagógicos de los  planes y programas de educación inicial
-Revalidación, equivalencias y créditos académicos
-Registro nacional de las instituciones pertenecientes al sistema educativo nacional.
-Planeación y programación del sistema educativo nacional
-Garantiza el carácter nacional

ATRIBUCIONES QUE LA LEY ESTATAL DE LA EDUCACIÓN DE NAYARIT TIENE
-Fomentar las actividades que respondan a las necesidades del desarrollo tanto municipal, regional y Estatal como Nacional
-Fomentar los valores a nivel estado de acuerdo a su cultura
-Crear conciencia para la mejora del medio ambiente
-Practicar la solidaridad, la justicia y la paz universal a base de los derechos humanos
-Revalida
-Bibliotecas de manera concurrente (autoridades Federales y Estatales unidas)
- Indagación educativa (concurrente)
-Fomentar actividades físicas deportivas (concurrentes

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